Viernes, 19 de Abril 2024
Viernes, 21 de Mayo del 2021

Nuevas restricciones: cómo saber si tu actividad es considerada esencial

Desde este sábado y por nueve días sólo podrán circular trabajadores esenciales. Conocé el listado de actividades exceptuadas del confinamiento.

Con las nuevas medidas anunciadas este jueves por el presidente Alberto Fernández y a las que la provincia de Santa Fe ya confirmó su adhesión, desde la hora cero de este sábado 22 de mayo se endurecerán aun más las restricciones en zonas de alarma epidemiológica, como en la que se encuentra Funes.

En rigor, se trata de un retroceso a Fase 1, en el que sólo se permitirán las actividades denominadas esenciales y serán los trabajadores de estas áreas los que estarán autorizados a circular. El resto de la población deberá permanecer en sus casas y sólo salir para hacer compras de primera necesidad y en comercios de cercanía.

Este es el listado de actividades consideradas esenciales que estarán exceptuadas de las restricciones que durarán hasta el 30 de mayo:

  • Administraciones públicas provinciales y municipales (autoridades superiores y personal convocado para garantizar actividades esenciales)
  • ANSES - Administración Nacional de la Seguridad Social
  • Asistencia a adultos mayores, a niños, niñas y adolescentes, a personas con discapacidad y a familiares que necesitan asistencia.
  • Atención de casos de fuerza mayor
  • Atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos
  • Bancos que atienden al público
  • Bomberos
  • Cementerios
  • Centros de diagnósticos por imagen
  • Comercio exterior (solo actividades impostergables)
  • Comercios minoristas de proximidad
  • Comunicación audiovisual, radial y gráfica
  • Consultorio médico
  • Consultorio odontológico
  • Crematorios
  • Establecimientos que atienden víctimas de violencia de género
  • Estaciones de servicio
  • Farmacias
  • Ferreterías
  • Fuerzas armadas y de seguridad
  • Funerarias
  • Industrias de alimentación y bebidas (cadena productiva e insumos)
  • Industrias de equipamiento médico, medicamentos, vacunas e insumos sanitarios
  • Industrias de higiene personal y limpieza
  • Inscripción, identificación y documentación de personas
  • Justicia de turno
  • Laboratorios de análisis clínicos
  • Lavanderías
  • Locales de comidas preparadas con reparto a domicilio
  • Locales de comidas rápidas con reparto a domicilio
  • Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias
  • Migraciones
  • Ministros y ministras de cultos religiosos para brindar asistencia espiritual
  • Obra pública
  • Oficinas de rentas de las provincias y municipios
  • Operación de aeropuertos
  • Operación de garages y estacionamientos
  • Personal docente y no docente de los establecimientos educativos que reanuden las clases presenciales o las actividades educativas no escolares presenciales
  • Personas con discapacidad y profesionales que las atienden
  • Plantas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y combustibles
  • Producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca
  • Provisión de garrafas
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos
  • Registros nacionales y provinciales
  • Reparto a domicilio de productos de necesidad
  • Reparto de alimentos a domicilio
  • Reparto de medicamentos a domicilio
  • Reparto de productos de higiene y limpieza a domicilio
  • Restaurantes con reparto a domicilio
  • Salud
  • Servicio Meteorológico Nacional
  • Servicios postales y de paquetería
  • Supermercados mayoristas y minoristas
  • Telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
  • Transporte de caudales
  • Transporte de mercaderías y combustibles
  • Transporte público de pasajeros
  • Traslado de niñas, niños y adolescentes entre domicilios de padres
  • Tráfico aéreo
  • Veterinarias
  • Vigilancia, limpieza y guardia
  • Ópticas

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